EQUIPAJE DE MANO
DIMENSIONES Y PESO
El equipaje de mano que se puede transportar en cabina debe tener como máximo un peso de 8 kg y las siguientes medidas, incluidas asas, bolsillos y ruedas: 55 cm de alto, 35 cm de ancho y 25 cm de profundidad.
ITA Airways también le permite llevar uno de los siguientes accesorios:
- Maletín
- Ordenador portátil
- Bolso de mujer
Antes de llegar a la puerta de embarque, compruebe el tamaño y el peso de su equipaje de mano con el personal de tierra de ITA Airways o colóquelo en los medidores de equipaje que encontrará junto al mostrador de check-in. Puede que el equipaje de mano que no cumpla estos requisitos no sea aceptado a bordo.
El personal del aeropuerto colocará al equipaje de pequeñas dimensiones (cuyas dimensiones que no superen los 36 cm de altura, 45 cm de longitud y 20 cm de anchura) la etiqueta “Debajo del asiento” en todos los vuelos de ITA Airways con salida desde los aeropuertos nacionales e internacionales hacia cualquier destino, a excepción de los vuelos operados con aviones A330.
Con el fin de garantizar una mayor comodidad a bordo y en cumplimiento de la normativa de seguridad, en el caso de vuelos con un alto nivel de ocupación, su equipaje de mano puede ser recogido en la puerta de embarque para su transporte en la bodega. El personal de aeropuerto etiquetará el equipaje seleccionado y entregará al pasajero la etiqueta de equipaje. Este procedimiento no está previsto para los vuelos intercontinentales.
ADVERTENCIA: En varios países de destino a los que vuela la compañía existen restricciones en cuanto a ciertos artículos o equipos por parte de los pasajeros. En algunos casos, la posesión de dichos artículos puede acarrear la aplicación de sanciones. Para obtener más información, recomendamos que los pasajeros se comuniquen con las autoridades consulares del país de destino para verificar la posible existencia de tales restricciones antes de viajar.
Información sobre los patinetes (hoverboards): En aras de la seguridad de nuestros huéspedes y empleados, los vehículos pequeños propulsados con baterías de litio como Airwheel, solowheel, hoverboard, minisegway, balance wheel no se aceptan como equipaje de mano ni como equipaje en bodega.
ARTÍCULOS PROHIBIDOS EN CABINA
No se permite el transporte en cabina de los artículos que se consideren peligrosos para la seguridad del vuelo, como tijeras, sacapuntas, navajas y herramientas agrícolas, científicas, deportivas o industriales (o similares), así como réplicas de armas de fuego. El uso de los cigarrillos electrónicos y las pipas electrónicas en la cabina está prohibido. Solo puede transportar mecheros si los lleva consigo.
ARTÍCULOS PROHIBIDOS A TRANSPORTAR EN LA CABINA Y EN LA BODEGA
ICAO e IATA prohíben el transporte de todas las sustancias y materiales que, por su naturaleza, pueden suponer una amenaza para el tráfico aéreo tanto en el equipaje facturado como en el equipaje de mano.
Estos productos son:
- Maletines con dispositivos de alarma
- Gases comprimidos (refrigerantes, inflamables, venenosos y no inflamables), como butano, oxígeno, hidrógeno líquido, camping gas y cilindros para equipos de respiración autónoma
- Agentes corrosivos como ácidos, álcali, mercurio y baterías con componentes líquidos
- Explosivos, armas y municiones no destinadas a actividades deportivas o de caza, réplicas de pistolas, fuegos artificiales y misiles o armas de juguete que parezcan reales
- Líquidos y sólidos inflamables, como mecheros y combustible para los mismos, cerillas, pinturas y disolventes
- En cabina: líquidos, aunque estén perfectamente envasados (por ejemplo: aceite, vinagre, vino, etc.) si superan las cantidades previstas por el reglamento CE 185/2010
- En bodega: líquidos si no están perfectamente envasados (el embalaje debe evitar que en el caso de cualquier derrame sea dañado otro equipaje)
- Otros objetos peligrosos, como materiales magnéticos, nocivos, tóxicos, irritantes, que presenten un olor desagradable o que sean oxidantes, como blanqueador en polvo y peróxidos
- Televisores
- Sustancias venenosas o infecciosas, pesticidas, herbicidas y materiales con agentes patógenos
- Sustancias radioactivas
- Dispositivos de alerta y las baterías de litio instaladas para su fuente de alimentación
- Linternas de buceo con baterías insertadas
- Dispositivos Samsung Galaxy Note 7
Para obtener información sobre el transporte de jeringuillas y agujas para el tratamiento y el control de sus condiciones de salud, consulte la sección Otros servicios de salud durante el viaje en Asistencia.
Líquidos a bordo: Nuevas reglas a partir del 1 de septiembre de 2024
La Comisión Europea ha reintroducido temporalmente restricciones al transporte de líquidos, aerosoles y geles (LAG) en el equipaje de mano, incluso para los pasajeros que salgan de aeropuertos que dispongan de equipos de detección de última generación.
Por tanto, a partir del 1 de septiembre de 2024, el límite máximo de 100 ml por envase individual se restablecerá también en los aeropuertos de Milán Linate y Roma Fiumicino, al igual que en los aeropuertos equipados con tecnología de detección por rayos X tradicional.
En los aeropuertos equipados con dispositivos de detección de última generación, los líquidos, aerosoles y geles (LAG) en envases de hasta 100 ml, así como los dispositivos electrónicos personales, pueden permanecer en el equipaje de mano durante el control.
En todos los demás casos, permanecen en vigor las reglas indicadas en el apartado siguiente sobre «líquidos a bordo».
LÍQUIDOS A BORDO
La Unión Europea y ENAC han adoptado normas de seguridad que limitan la cantidad de sustancias líquidas transportadas en el equipaje de mano más allá de las puertas de seguridad del aeropuerto y a bordo.
Estas medidas se aplican a los pasajeros que salen de todos los aeropuertos del territorio de la Unión Europea, incluyendo Noruega, Islandia y Suiza, para cualquier destino.
SUSTANCIAS CLASIFICADAS COMO LÍQUIDOS
Las siguientes sustancias se consideran líquidos: geles, pastas (por ejemplo, pasta de dientes), lociones, mezclas de sustancias líquidas/sólidas, el contenido de los recipientes presurizados (por ejemplo, espuma de afeitar), geles para el cabello, bebidas, jabones, mermeladas, jarabes, perfumes, espumas de afeitar, aerosoles y otros productos de consistencia similar.
Desde el 31 de enero de 2014, entran en vigor nuevas normas con respecto al transporte de líquidos a bordo.
OBJETOS QUE SE PUEDE TRANSPORTAR
Está permitido transportar:
- una pequeña cantidad de líquido en su equipaje de mano en envases que no superen los 100 ml o su equivalente (100 g). Los envases, cuya capacidad no supere 1L o cuyo tamaño debe ser aproximadamente de 18 x 20 cm, deben colocarse en una bolsa de plástico transparentes y sellable. Cada pasajero solo puede llevar una bolsa de plástico.
- medicamentos y alimentos para dietas especiales, incluida la comida para bebés; puede que se le solicite que proporcione una prueba de su autenticidad o que demuestre la necesidad en tales artículos;
- líquidos comprados en las tiendas libres de impuestos del aeropuerto o a la aerolínea. Los líquidos comprados en las tiendas libres de impuestos del aeropuerto y su correspondiente recibo deben estar precintados en una bolsa de seguridad que no podrá abrirse hasta llegar al destino final.
- Si tiene un vuelo de conexión en otro aeropuerto, informe al personal de seguridad para volver a precintar los líquidos en una bolsa de seguridad.
- Los demás líquidos deberán ir en el equipaje en bodega.
Para obtener más información, le recomendamos que visite el sitio web del aeropuerto de salida.
ALIMENTOS
Los productos alimenticios de origen animal (carne, leche o productos a base de carne o leche) pueden ser portadores de patógenos responsables de enfermedades infecciosas de los animales.
Existen rigurosos procedimientos y controles veterinarios sobre la introducción de estos productos en la Unión Europea. Los viajeros deben presentar estos productos para los controles oficiales.
Más información se puede obtener contactando con las autoridades sanitarias locales.
No se aplica a los viajeros que lleguen con pequeñas cantidades destinadas al consumo personal desde: Andorra, Islas Feroe, Groenlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega, San Marino, Suiza.
EQUIPAJE EN VUELOS OPERADOS POR OTRAS AEROLÍNEAS ASOCIADAS
Dimensiones, pesos y cantidades en vuelos de código compartido
La política de equipajes de la empresa comercializadora, cuyo código se muestra en el billete, se aplica a todos los vuelos con destino o procedentes de Estados Unidos.
En los vuelos de código compartido, la política de equipajes de la aerolínea asociada que opera el vuelo se aplicará durante todo el itinerario de viaje si dicho itinerario es operado en su totalidad por la aerolínea asociada.
Para más información sobre la política de equipajes en vuelos de conexión operados por distintas aerolíneas, póngase en contacto con el Centro de Atención al Cliente.
La política de equipajes de la empresa comercializadora, cuyo código se muestra en el billete, se aplica a todos los vuelos con destino o procedentes de Estados Unidos.
Consulte las reglas de nuestras aerolíneas asociadas:
Socios - Aerolíneas Argentinas, Aeromexico, Air Europa, Air France, China Airlines, China Eastern, Delta Air Lines, Garuda Indonesia, Kenya Airways, KLM, Korean Air, MEA, SAS, Saudia, Tarom, Vietnam Airlines, Xiamen Air, Virgin Atlantic
Otras aerolíneas asociadas - TAP Air Portugal, ANA, Turkish Airlines, Air Serbia, Azul, Luxair, Air Baltic, Croatia Airlines, Bulgaria air, Etihad, Air Corsica, Avianca, Pegasus Airlines, Royal Jordanian, KM MALTA Airlines, Kuwait, Ethiopian, Royal Air Maroc, Hainan Airlines