Asistencia para pasajeros con discapacidad o movilidad reducida

Si usted es un pasajero con movilidad reducida o una discapacidad, puede solicitar asistencia al hacer la reserva o en una etapa posterior poniéndose en contacto con el equipo de asistencia de ITA Airways desde Italia, o escribiendo a la dirección de correo electrónico específicaThe link will be opened in a new browser tab ([email protected]), al menos 48 horas antes de la hora de salida programada.Si se pone en contacto con nosotros desde el extranjero, compruebe el número de teléfono de su país.

El envío anticipado de una solicitud de asistencia a la aerolínea operadora permite que la aerolínea evalúe las necesidades específicas del pasajero (para garantizar la seguridad) y gestione la asignación de asientos designados a bordo para pasajeros con discapacidad o movilidad reducida. Según la normativa de la UE, el número de dichos asientos puede estar limitado, en función del tipo y la configuración del avión. Según la normativa de EE. UU., no hay límite en el número de pasajeros con discapacidades que pueden viajar en un vuelo.

Cuanta más información pueda facilitar a nuestros representantes al hacer sus planes de viaje, más podremos ayudarle. Nuestros representantes responderán a tus preguntas, tratarán tus necesidades específicas y te informarán de cualquier aviso o procedimiento especial.

Tenga en cuenta que, si el vuelo está operado por una aerolínea externa, puede que algunos servicios de asistencia no estén disponibles o sean diferentes (p. ej., sillas de ruedas a bordo).

Póngase en contacto con nuestro equipo especializado en los números de contacto y horarios anteriores para obtener más información sobre su vuelo específico.

Información práctica

Para garantizar un servicio adaptado a sus requisitos, ITA Airways debe recibir la solicitud de asistencia para pasajeros con discapacidad o movilidad reducida durante el proceso de reserva del vuelo o en una etapa posterior, al menos 48 horas antes de la salida del vuelo.

Ya sea al hacer la reserva o más tarde, es importante que le especifique a nuestro equipo especializado el tipo de asistencia que necesita, tal y como se describe a continuación. Para las personas con múltiples discapacidades se puede solicitar más de un tipo de asistencia.

Asistencia en silla de ruedas hacia y desde el avión
Pasajeros que pueden caminar de forma independiente dentro del avión y subir y bajar escaleras, pero necesitan una silla de ruedas u otro medio de transporte para recorrer distancias largas dentro de la terminal.

Asistencia en silla de ruedas hacia y desde el avión y con escaleras
Pasajeros que pueden caminar de forma independiente dentro del avión, pero no pueden subir ni bajar escaleras y necesitan una silla de ruedas u otro medio de transporte para recorrer distancias largas dentro de la terminal.

Asistencia en silla de ruedas para pasajeros que viajen con su propia ayuda para la movilidad
Pasajeros no ambulatorios que pueden viajar con su propia silla de ruedas y requieren asistencia desde el momento de la llegada al aeropuerto, durante todas las fases de embarque y desembarque del vuelo, así como a bordo del avión hasta el final del vuelo y al llegar a su destino.

Asistencia para discapacidades auditivas
Pasajeros con pérdida parcial o total de la audición que requieran asistencia para la comunicación en la terminal y en el avión.

Asistencia para discapacidades visuales
Pasajeros invidentes o con una visión muy limitada que necesitan ayuda para la orientación y la comunicación en la terminal y en el avión.

Tarjeta informativa de seguridad
La nueva tarjeta informativa de seguridad, diseñada específicamente para pasajeros invidentes o con discapacidad visual, ya está disponible en todos nuestros aviones Airbus 321Neo, Airbus A350-900, Airbus330 Neo, Airbus320 Neo, A220-100 y A220-300. Esta importante herramienta se ha creado en colaboración con la ENAC y con el patrocinio del Ministerio de Discapacidad de Italia. Para julio de 2025, toda la flota estará equipada con nuestra nueva e innovadora tarjeta informativa de seguridad. La tarjeta informativa de seguridad es un documento en braille que cuenta con representaciones gráficas con fuertes contrastes de color para que resulte más legible para un número creciente de viajeros con discapacidad visual.

Proporciona a los pasajeros con discapacidad visual un acceso directo a recomendaciones de seguridad esenciales para viajes en avión durante el despegue, el aterrizaje y el vuelo. Además, se presentan los procedimientos de evacuación de emergencia de forma clara y accesible. Es importante tener en cuenta que, aunque esta información ahora está directamente disponible para los viajeros con discapacidad visual, nuestra tripulación de cabina continuará proporcionándoles indicaciones de seguridad especiales antes del despegue.

A través de esta valiosa ayuda, disponible en italiano e inglés, ahora los pasajeros con discapacidad visual pueden obtener información detallada sobre la normativa de seguridad y conocer mejor el espacio que les rodea dentro del avión.

ITA Airways se enorgullece de ser la primera aerolínea en introducir esta nueva política inclusiva para viajeros con discapacidad visual. Esta nueva herramienta, concebida para aumentar la tranquilidad y la seguridad de nuestros pasajeros, constituye un paso más hacia un transporte aéreo más accesible e inclusivo.

Asistencia para discapacidad intelectual o de desarrollo
Pasajeros con discapacidad cognitiva, intelectual o de desarrollo que requieren asistencia en la terminal y en el avión. Los pasajeros con discapacidad intelectual o cognitiva pueden viajar solos o con ayuda, según sus necesidades específicas y su nivel de independencia. Se requiere una certificación (ver una MUESTRA aquíThe link will be opened in a new browser tab) de un neurólogo/psiquiatra/neuropsiquiatra que acredite la aptitud psicofísica para realizar viajes en avión y determine si necesita un acompañante.

Pasajeros de mayor tamaño

Si cree que su asiento en clase Economy no será suficientemente cómodo, considere comprar un asiento de una categoría superior (si está disponible) o reservar también el asiento contiguo. En determinados aviones, es posible que el reposabrazos entre los asientos no sea totalmente retráctil. Las dimensiones de los asientos varían según el tipo de avión y la clase de viaje. Para obtener más información, consulte la opción que mejor se adapte a sus necesidades al reservar.ITA Airways se reserva el derecho de realizar cambios en el uso de aviones con fines operativos.
Descubra el ancho de nuestros asientos, medido entre los dos apoyabrazos.
Ancho de los asientos de la flota de ITA AirwaysThe link will be opened in a new browser tab

Solicite ayuda al reservar su vuelo o en una etapa posterior, hasta 48 horas antes de la salida de su vuelo, poniéndose en contacto con el equipo especializado.

Debe realizarse una solicitud de asistencia para:

  • Organizar la asistencia en el aeropuerto durante el embarque, el desembarque y/o el tránsito
  • Llevar su propia silla de ruedas (manual o eléctrica)
  • Llevar equipo médico especial
  • Llevar un perro de asistencia en la cabina

Una vez a bordo, se acompañará al pasajero al asiento asignado. Por razones de seguridad, los asientos de las filas de las salidas de emergencia no están disponibles para pasajeros que necesiten asistencia. Las instrucciones de seguridad se proporcionarán en formato audible y visible en el asiento.

Es importante notificar a ITA Airways las solicitudes de asistencia dentro de los plazos indicados para que el servicio necesario se prepare debidamente en todas las etapas de embarque, desembarque y/o tránsito en un aeropuerto específico y a bordo de los vuelos incluidos en el itinerario.

El pasajero que haya solicitado asistencia durante la reserva debe llegar al mostrador de check-in de ITA Airways del aeropuerto al menos 2 horas antes de la salida del vuelo.

Si no se ha enviado ninguna solicitud de asistencia previamente a ITA Airways, el operador del aeropuerto llevará a cabo todas las acciones posibles para garantizar que el pasajero pueda embarcar en el vuelo programado.

De acuerdo con la normativa de EE. UU. y la UE sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, este servicio de asistencia se ofrece de forma gratuita en todos los aeropuertos.

Transporte gratuito (ya sea en cabina o en bodega) de:

  • su perro guía o de asistencia (SVAN)
  • dos ayudas para la movilidad (p. ej., muletas, andador)
  • Dispositivos médicos para su uso a bordo o en el destino final (p. ej., concentrador de oxígeno), con unas dimensiones máximas equivalentes a una pieza de equipaje de mano
  • Medicamentos, apósitos y cualquier jeringa o autoinyector necesario para la administración de medicamentos

Es posible transportar una silla de ruedas manual y plegable en la cabina, según el tipo de avión y las características físicas específicas de la silla de ruedas.

En la bodega, siempre se permite llevar una pieza de equipaje de un máximo de 23 kg de forma gratuita para llevar suministros médicos (p. ej., productos sanitarios u otros artículos de cuidado personal).

Por razones de seguridad, cada avión está equipado con asientos designados para pasajeros con discapacidad o movilidad reducida. Estos asientos se asignan durante el check-in en el aeropuerto y siempre se encuentran junto al pasillo del avión.

Por razones de seguridad, no es posible asignar asientos junto a las salidas de emergencia.

De conformidad con la normativa ENAC DG16/07/2021, la asignación de asientos para personas que acompañen a personas con discapacidad o con movilidad reducida no está sujeta a ningún recargo.

Según el reglamento del DOT, no hay asientos designados para pasajeros con discapacidades. Los pasajeros con discapacidades pueden elegir el asiento que deseen, con una excepción:

  • quienes necesiten asistencia para subir y bajar del avión no pueden sentarse en la fila de una salida de emergencia.

Si viaja con un acompañante, ITA Airways hará todo lo posible por asignarle un asiento junto a usted o cerca.

En determinados casos, ITA Airways puede exigir a los pasajeros que presenten un Formulario de Información Médica (MEDIF)The link will be opened in a new browser tab cumplimentado, que debe estar firmado por el interesado o por quien le representa.

Será necesario que ciertos pasajeros faciliten a ITA Airways un Formulario de Información Médica (MEDIF)The link will be opened in a new browser tab:

  • Pasajeros que viajen en camilla o incubadora
  • Pasajeros que necesiten oxígeno medicinal durante el vuelo
  • Pasajeros con un estado de salud cuya precariedad lleve a temer que lleguen a su destino sin precisar asistencia médica extraordinaria durante el vuelo
  • Pasajeros que se hayan sometido a una intervención quirúrgica en los 30 días anteriores a la salida.

En los casos anteriores, el MEDIF debe estar cumplimentado por el médico, fechado en los 10 días anteriores a la fecha prevista de salida, e indicar claramente que el pasajero está en condiciones de volar y podrá completar el vuelo de forma segura sin necesidad de asistencia médica extraordinaria.

ITA Airways también exige un MEDIF a cualquier pasajero que padezca una enfermedad o afección contagiosa que pueda suponer una amenaza directa para la salud o la seguridad de los demás pasajeros del vuelo. En estos casos, es necesario que el médico rellene el MEDIF, con fecha no anterior a los 10 días de la salida del vuelo, indicando claramente que, en el estado de salud actual, la enfermedad o infección no entrañan peligro de contagio a otras personas durante el transcurso normal de un vuelo. Asimismo, el certificado médico debe especificar las condiciones o precauciones que es preciso observar para impedir la transmisión de la enfermedad o infección a otras personas durante el transcurso normal de un vuelo.

Por último, será preciso entregar a ITA, al menos 72 horas antes de la salida del vuelo, un MEDIF cumplimentado por un médico, con fecha no anterior a 7 días de la salida programada del vuelo, que acredite que se ha examinado al pasajero y se le declara físicamente apto para volar, en los siguientes casos:

  • Mujeres en las últimas cuatro semanas de embarazo
  • Bebés de menos de siete días o prematuros
  • Pasajeros que necesiten transportar material biológico

El equipo de asistencia de ITA Airways puede proporcionar toda la información necesaria.

El check-in online no está disponible para los pasajeros que soliciten asistencia. Para la asignación de los asientos a bordo, comuníquese con nuestro equipo especializado de lunes a viernes de 09:00 a 20:00 CET, sábados, domingos y festivos de 09:00 a 17:00 CET o durante el check-in en el aeropuerto.

Al reservar su vuelo, informe a ITA Airways de que necesita viajar con una silla de ruedas, del tipo que sea, o cualquier otra ayuda para la movilidad. Puede transportar hasta dos dispositivos de ayuda para la movilidad (p. ej., silla de ruedas y andador) de forma gratuita.

Dependiendo de la asistencia solicitada y de si necesita una silla de ruedas, una vez en el aeropuerto, un responsable del aeropuerto puede recogerle en uno de los puntos de encuentro designados en la terminal y acompañarle para que realice el check-in, o desde el check-in directamente hasta las escaleras del avión, además de ofrecerle ayuda para subir las escaleras y llevarle a su asiento dentro del avión. Para obtener más información, le recomendamos que consulte la página web de su aeropuerto de salida.

En la UE, el servicio de silla de ruedas estará disponible en el aeropuerto. Puede encontrar más detalles en la sección “Tipo de asistencia”. En EE. UU., la aerolínea proporciona el servicio de silla de ruedas. Póngase en contacto con ITA Airways para obtener más información o para organizar el servicio.

Aunque ITA Airways hace todo lo posible por garantizar el transporte seguro de sus dispositivos, existen algunos factores que pueden impedir su transporte. Para conocer todos los detalles y las posibles limitaciones, identifique a continuación el tipo de silla de ruedas que necesita transportar.

Silla de ruedas manual
La normativa de EE. UU. permite a los pasajeros guardar su silla de ruedas manual y plegable a bordo del avión, siempre que quepa en el armario o en el compartimento superior. Los aviones sin armario pueden utilizar el método de sujeción al asiento para fijar una silla manual a una fila de asientos. De lo contrario, su silla de ruedas manual se recogerá en el mostrador de check-in o después de que se haya acomodado a bordo para transportarla en la bodega del avión.

Sillas de ruedas y dispositivos de ayuda para la movilidad alimentados por baterías no selladas (derramables)
Permitido por ITA Airways. Se proporcionará más información durante el proceso de reserva.

Sillas de ruedas y dispositivos de ayuda para la movilidad alimentados por baterías selladas (no derramables)
Sillas de ruedas o dispositivos de ayuda para la movilidad con baterías húmedas no derramables, baterías de hidruro de níquel-metal o baterías secas

Si la silla de ruedas o el dispositivo de ayuda para la movilidad están alimentados por baterías selladas y se puedan colocar en la bodega en posición vertical, la batería puede permanecer conectada a la silla de ruedas o al dispositivo eléctrico, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • La batería debe estar conectada de forma segura a la silla de ruedas o al dispositivo de movilidad.
  • Los contactos eléctricos de la batería deben estar protegidos frente a cortocircuitos.
  • Se han aislado los circuitos eléctricos.
  • Se permite una (1) batería de repuesto para lo que se conoce como “baterías húmedas” y dos (2) para las baterías de hidruro de níquel-metal.

Cuando reserve el servicio, le solicitaremos que proporcione a nuestro equipo especializado la ficha técnica de la silla de ruedas, incluidas las especificaciones de la batería.

Sillas de ruedas y dispositivos de ayuda para la movilidad alimentados con baterías de iones de litio
Estas baterías se consideran peligrosas, por lo que están sujetas a las siguientes condiciones:

  • Las baterías utilizadas deben ser de un tipo probado (Manual de Pruebas y Criterios de las Naciones Unidas, Parte III, Subsección 38.3).
  • Cuando el usuario retire la batería, si el dispositivo de ayuda para la movilidad está diseñado específicamente para permitir su extracción, la batería no debe superar los 300 Wh o, en el caso de un dispositivo con dos baterías necesarias para su funcionamiento, cada batería no debe superar los 160 Wh.
  • Todas las baterías extraídas y de repuesto deben protegerse contra daños (p. ej., colocando cada batería en una funda protectora) y solo deben transportarse en la cabina de pasajeros.
  • Si no se retira la batería, no hay límite de Wh.

Solo deben transportarse en la cabina de pasajeros, dentro de una funda protectora.

Si el dispositivo de ayuda para la movilidad no cumple con los requisitos de seguridad, es posible que no esté permitido a bordo. Por lo tanto, al reservar el servicio, especialmente a través de una agencia de viajes, asegúrese de ponerse en contacto con nuestro equipo especializado por teléfono o enviando un mensaje a la siguiente dirección de correo electrónico [email protected]The link will be opened in a new browser tab, hasta 48 horas antes de la salida de su vuelo, para proporcionar una ficha técnica de la silla de ruedas que incluya las especificaciones de la batería.

Dimensiones máximas de las sillas de ruedas
Para las dimensiones máximas de las sillas de ruedas personales y los pesos permitidos en la bodega de los distintos tipos de aviones, es importante comunicar esta información por teléfono a nuestro equipo especializado o enviando un mensaje a la siguiente dirección de correo electrónico [email protected]The link will be opened in a new browser tab, hasta 48 horas antes de la salida de su vuelo.

Descargue el formularioThe link will be opened in a new browser tab, rellénelo y adjúntelo a su dispositivo.

Su ayuda para la movilidad debe ser compatible con las dimensiones de la puerta de carga del avión.

Tamaño de la puerta del compartimento de carga (cm):

Avión Longitud Anchura Altura A350 / A339 / A332 151 148 157 A321 / A320 / A319 151 148 109 A319 / A320 / A321
(si se utiliza en modo de carga a granel)
96 116 80
A221 / A223 96 116 80

En ITA Airways, los perros adiestrados para realizar tareas de asistencia pueden viajar en la cabina de forma gratuita.
En el caso de vuelos de conexión, consulte las normativas de la aerolínea que opera el vuelo individual.
Si viaja con varias aerolíneas, le recomendamos que solicite una confirmación de cada una de ellas para asegurarse de que su perro será aceptado a bordo.

Condiciones generales del servicio
Independientemente de la raza o el tipo, los perros de asistencia están adiestrados para ayudar a personas con movilidad reducida, con limitaciones visuales o auditivas, así como con discapacidades intelectuales o psiquiátricas.
Fuera de EE. UU., es necesario presentar un certificado de adiestramiento en el que un centro o institución de referencia acredite en papel con membrete (o con un sello legible) que se trata de un perro de asistencia, y este debe usar el arnés correspondiente.

Debe solicitarle este servicio a nuestro equipo especializado hasta 48 horas antes de la salida de su vuelo, que lo confirmará en cuanto hayan validado toda la documentación enviada.

Tenga en cuenta lo siguiente
Los perros de apoyo emocional no se consideran perros adiestrados en tareas de asistencia y, por lo tanto, no pueden transportarse de forma gratuita en nuestros vuelos. Pueden transportarse abonando un recargo, según los procedimientos estándar para llevar perros en la cabina o en la bodega, en función del peso y el tamaño del perro.

También le recomendamos que consulte con antelación las condiciones de entrada en los otros países de su itinerario.

Nota: La regulación para los animales de servicio es diferente en EE. UU. en comparación con otros lugares. Si vuela hacia o desde EE. UU., asegúrese de seguir las regulaciones del DOT. Los CDC también añadieron recientemente nuevos requisitos, como los siguientes:

Resumen general de los requisitos de los CDC

A partir del 1 de agosto de 2024, los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) han añadido requisitos para los perros que entran en Estados Unidos. Estos incluyen:

  1. El perro debe tener al menos 6 meses de edad
  2. El perro debe tener un microchip que pueda escanearse con un escáner universal
  3. El perro debe tener un aspecto sano
  4. Todos los perros deben tener uno o dos formularios, en función de su historial de viaje en los seis meses previos a la entrada en EE. UU.

Hay dos situaciones que determinan qué documentación se requiere:

  1. El perro está viajando desde un “País de bajo riesgo o sin riesgo” y no ha estado en un “País de alto riesgo” en los seis meses previos a entrar en EE. UU.
    Documentación requerida: recibo del Formulario de importación de perros de los CDC (solo)
  2. El perro ha estado en un “País de alto riesgo” en los seis meses previos a entrar en EE. UU.
    Documentación requerida: recibo del Formulario de importación de perros de los CDC y formulario de vacunación contra la rabia de EE. UU. o extranjero

Requisitos generales para el transporte:
Para garantizar la seguridad del vuelo y la comodidad de la cabina, el perro debe estar adiestrado para obedecer y comportarse adecuadamente en un entorno público (p. ej., no ladrar, gruñir ni atacar a personas u otros animales).

En el caso de perros pequeños, no es obligatorio que viajen en el transportín de mascotas durante todo el vuelo. Si viajan sin un transportín, deben llevar correa y bozal (este último, se requiere fuera de EE. UU. y solo deberá utilizarse si el capitán del vuelo lo solicita).

El perro guía debe permanecer delante del asiento del propietario.

A bordo, el perro:

  • Debe permanecer siempre bajo el control directo del pasajero.
  • No debe sentarse en un asiento para pasajeros ni estar en la fila de una salida de emergencia.

Además, se deben cumplir las siguientes normas mientras el animal esté a bordo.

Fuera de EE. UU., el pasajero debe tener disponible un bozal, que se utilizará solo si el capitán del vuelo lo solicita (si el perro se muestra agresivo durante el vuelo). El transporte del animal es gratuito, incluso aunque deba transportarse en la bodega. El pasajero es responsable de cualquier daño y coste adicional derivado del transporte del perro.

Para animales de servicio grandes, ITA Airways exige que el animal se siente en el regazo de su cuidador (siempre que cumpla los requisitos de tamaño establecidos por la FAA u otra autoridad de seguridad) o en el espacio para los pies del usuario del animal de servicio. ITA Airways exige que el animal no invada el espacio para los pies de los demás pasajeros. Si el animal es demasiado grande, ITA Airways intentará trasladar al usuario a otro asiento dentro de la misma clase de servicio en el que quepa el animal. Si no hay alternativas, ITA Airways puede exigir que el animal sea transportado gratuitamente en la bodega de carga.

A bordo, el perro:

  • Debe permanecer bajo el control directo del pasajero en todo momento.
  • No debe sentarse en un asiento para pasajeros ni estar en la fila de una salida de emergencia.

Además, se deben cumplir las siguientes normas mientras el animal esté a bordo.

Formulario DOT de transporte aéreo de animales de servicioThe link will be opened in a new browser tab

  • Este formulario requiere que los pasajeros faciliten información sobre la salud y el adiestramiento del animal de servicio.
  • El formulario debe ser "actual", lo que el DOT define como fechado después de que el pasajero haya reservado su viaje.
  • La no presentación total del formulario es motivo para denegar el transporte del animal de servicio. Sin embargo, si un pasajero presenta el formulario pero no cumple el umbral de 48 horas, ITA Airways atenderá la solicitud del animal de servicio en la medida de lo posible.

Formulario DOT de declaración de ayuda para animales de servicioThe link will be opened in a new browser tab

  • Para vuelos hacia/desde EE.UU., programados para durar ocho o más horas, ITA Airways requiere este formulario que certifica que el animal puede hacer sus necesidades de forma higiénica o no necesitará hacer sus necesidades durante el vuelo.
  • Para los pasajeros que reserven el viaje dentro de las 48 horas anteriores a la salida, ITA Airways exige que el formulario o formularios se presenten en la puerta de embarque.

Estos formularios exigen que los pasajeros presten juramento sobre la veracidad de sus declaraciones. Si ITA Airways cree que un pasajero ha falsificado información en los formularios, el DOT ha establecido una dirección de correo electrónico en la que los transportistas pueden informar de este comportamiento.

Para el transporte de perros guía y de asistencia no se requiere ningún transportín en la cabina, siempre que el perro esté sujeto con correa y el dueño lleve un bozal (que solo se deberá usar si es necesario)

La asistencia solo está permitida con la autorización previa de ITA Airways. Se reserva exclusivamente para los pasajeros inmovilizados desde la pelvis hacia abajo o con ambas extremidades inferiores escayoladas y rígidas, lo que les impide viajar sentados.

La asistencia con camilla a bordo está disponible con cargo en casi todos los aviones de la flota de ITA Airways. Este servicio no está disponible para bebés ni para pasajeros con una altura inferior a 1 metro. Los pasajeros que necesiten una camilla deben contar con una autorización (o MEDIFThe link will be opened in a new browser tab) para viajar en avión e ir acompañados. Si se requiere asistencia médica, el acompañante debe ser médico o enfermero. Todos los costes relacionados con la asistencia médica y el transporte terrestre (p. ej., ambulancia) son responsabilidad del pasajero.

Le recomendamos que solicite el servicio con suficiente antelación, al menos 96 horas antes de la salida del vuelo (sin incluir festivos), poniéndose en contacto con el equipo de asistencia. Si llama desde el extranjero, consulte más información aquí.

El servicio no entra dentro del Reglamento CE 1107/06.

Si necesita oxigenoterapia, ITA Airways puede proporcionarle este servicio por un cargo adicional.

  • Como la oxigenoterapia no forma parte de la estructura normal del avión, deberá solicitar este servicio al equipo de asistencia al menos 96 horas antes de la salida del vuelo (sin incluir fines de semana ni festivos). Para solicitar este servicio desde el extranjero, consulte más información aquí.
  • La disponibilidad del servicio dependerá de la cantidad de oxígeno que requiera el pasajero y de la duración del vuelo.
  • Los pasajeros que viajen con equipos de oxigenoterapia deben contar con una autorización (o MEDIFThe link will be opened in a new browser tab) para viajar en avión e ir acompañados.
  • Si se requiere asistencia médica, el acompañante debe ser médico o enfermero. Todos los costes relacionados con la asistencia médica y el transporte terrestre (p. ej., ambulancia) son responsabilidad del pasajero.

ITA Airways también permite a los pasajeros llevar su propia botella de oxígeno o equipo de oxigenoterapia para uso médico de forma gratuita, en las siguientes condiciones:

1. Tras obtener la aprobación de un profesional médico, debe solicitar una autorización al equipo de asistencia al menos 48 horas antes de la salida del vuelo.

2. Cada botella de oxígeno no debe superar un peso bruto de 5 kg.

Importante: El oxígeno líquido está prohibido.

Concentradores de oxígeno portátiles (COP)

Si necesita viajar con su propio concentrador de oxígeno portátil (COP), puede hacerlo de forma gratuita, siempre que esté permitido a bordo de nuestros vuelos. Consulte la lista de equipos autorizados aquíThe link will be opened in a new browser tab.

No es necesario rellenar el formulario médico (MEDIF); basta con un certificado médico que confirme:

  • Que el usuario del COP tiene las capacidades físicas y cognitivas para usarlo de forma independiente, o si es necesario que viaje con una persona capaz de realizar estas funciones por él.
  • Si se requiere el uso del COP durante todo el vuelo o solo durante una parte del mismo.
  • Cuál es el flujo máximo de oxígeno necesario.

Condiciones de transporte:

  1. A bordo solo se pueden utilizar concentradores de oxígeno alimentados con batería.
  2. Asegúrese de llevar suficientes baterías de repuesto (solo en su equipaje de mano) para mantener su COP en funcionamiento durante todo el vuelo, ya que no podemos garantizar que se puedan recargar a bordo del vuelo.
  3. Las baterías de repuesto deben protegerse contra daños y cortocircuitos, y almacenarse dentro de su embalaje original, asegurándose de que los terminales expuestos estén aislados con cinta o almacenando cada batería en una bolsa de plástico o una funda protectora independiente.
  4. El pasajero debe ser capaz de utilizar el equipo sin ninguna ayuda.
  5. Si no es necesario utilizar el concentrador de oxígeno durante el vuelo, se puede llevar como equipaje de mano o facturado, siempre que se hayan retirado las baterías.
  6. Los concentradores de oxígeno que funcionan con gas comprimido (botellas) no se pueden utilizar a bordo.
  7. Los COP no deben tener aceite, grasa ni ningún otro lubricante a base de petróleo y deben estar en buenas condiciones, sin signos excesivos de daños, desgaste o uso incorrecto.
  8. En EE. UU., las personas que transportan COP a bordo del avión y que necesitan oxígeno durante el rodaje, despegue y aterrizaje no pueden ocupar un asiento junto a una cortina separadora, ya que el COP debe ir debajo del asiento durante el rodaje, despegue y aterrizaje.

Tenga en cuenta lo siguiente: También aceptamos concentradores de oxígeno que no están incluidos en la lista de equipos autorizados mencionada anteriormente, siempre que tengan una etiqueta con la siguiente declaración resaltada en rojo.

Ejemplo del etiquetado de COP requerido:
“El fabricante de este oxígeno portátil
ha determinado que
este dispositivo cumple con todos los
criterios de aceptación de la FAA aplicables para
el transporte y el uso de un concentrador de oxígeno portátil a bordo de un avión”.

Consulte las condiciones para el transporte de baterías

La posibilidad de llevar a bordo su equipo de asistencia médica está sujeta a la aprobación de ITA Airways, después de verificar las características técnicas y su compatibilidad con los asientos de cabina. Para obtener más información, póngase en contacto con nuestro equipo de asistencia.

La solicitud debe realizarse al menos 72 horas antes de la salida de su vuelo.

De acuerdo con la normativa de EE. UU. y la UE, nuestra tripulación puede proporcionar asistencia a pasajeros con discapacidad y movilidad reducida para:

  • Acompañarlos desde su asiento hasta el baño (fuera de EE. UU., sin obligación de levantar al pasajero ni proporcionar asistencia para usar el baño). La normativa de EE. UU. requiere que el personal a bordo ayude a los pasajeros a levantarse y a trasladarse hacia/desde la silla del pasillo a bordo.
  • Abrir envases de alimentos y bebidas (sin obligación de ayudar a administrar bebidas, comidas o medicamentos más allá del servicio proporcionado a otros pasajeros).
  • Almacenar y recuperar artículos del armario y/o compartimentos superiores.

Por lo tanto, si una persona con una discapacidad o movilidad reducida necesita ayuda para realizar estas funciones específicas (p. ej., uso del baño, administración de comidas o medicación), debe viajar con un acompañante que se encargue de su cuidado y seguridad.

Todos nuestros aviones están equipados con sillas de ruedas manuales que se pueden utilizar para el traslado del asiento a los baños.

Nuestros aseos a bordo están equipados (solo en algunos casos) con soportes para las manos que facilitan su uso por parte de pasajeros con discapacidad y movilidad reducida.

De acuerdo con la normativa actual de EE. UU. y la UE, una aerolínea, su agente o un operador turístico no pueden rechazar una solicitud de reserva por motivos de discapacidad o movilidad reducida.

La negativa a reservar o embarcar solo puede producirse:

  • Por motivos de seguridad
  • Si el tamaño del avión o sus puertas hacen que sea físicamente imposible el embarque o el transporte del pasajero con discapacidad o movilidad reducida.

Tenga en cuenta que, si el vuelo está operado por una aerolínea externa, puede que algunos servicios de asistencia no estén disponibles o sean diferentes (p. ej., sillas de ruedas a bordo).

Para obtener más información sobre su vuelo específico, póngase en contacto con nuestro equipo de asistencia. Si llama desde el extranjero, pulse aquí.

Si una persona con discapacidad considera que ha sufrido un perjuicio al infringirse el Reglamento (CE) 1107/2006, puede presentar una reclamación ante ITA Airways o el operador del aeropuerto, según sea el caso.

Si la respuesta parece no ser coherente con las disposiciones de la normativa, los pasajeros con movilidad reducida o con discapacidad pueden presentar una reclamación ante la ENAC (autoridad de aviación civil italiana), siguiendo las instrucciones proporcionadas en la solicitud online específicaThe link will be opened in a new browser tab.

Puede enviar una queja a la ENAC si el problema de servicio se produjo:

  • En un aeropuerto italiano.
  • En vuelos con salida desde un aeropuerto italiano (independientemente de la nacionalidad de la aerolínea).
  • En vuelos con llegada a un aeropuerto italiano si estaban operados por una aerolínea de la UE.

Si una persona con discapacidad considera que ha sufrido un perjuicio al infringirse el título 14, art. 382 del CFR del DOT de EE. UU., puede presentar una reclamación ante ITA Airways o el operador del aeropuerto, según sea el caso. Los pasajeros también tienen derecho a presentar una reclamación ante el Departamento de Transporte de EE. UU. (DOT). Para obtener más información, visite: https://www.transportation.gov/airconsumer/file-consumer-complaintThe link will be opened in a new browser tab

En caso de sillas de ruedas u otros dispositivos de movilidad y asistencia perdidos o dañados, el pasajero que haya volado con ITA Airways puede enviar una reclamación utilizando nuestro formulario de contactoThe link will be opened in a new browser tab.

El 26 de julio de 2008 entró en vigor el Reglamento (CE) n.º 1107/2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo.

Para obtener más información, puede descargar el reglamento aquíThe link will be opened in a new browser tab.

CARTA DE DERECHOS de los pasajeros de transporte aéreo con discapacidad aquíThe link will be opened in a new browser tab.

Llegar al aeropuerto, encontrarse en espacios grandes y ruidosos o subir a un avión es algo aparentemente sencillo, pero para las personas con autismo pueden ser momentos de incomodidad.

En tales casos, ser consciente y tener el control de la situación puede marcar la diferencia.

La iniciativa forma parte del proyecto más amplio de la ENAC “Autismo - Viajar por el aeropuerto”. ITA Airways es la primera aerolínea en unirse, en colaboración con la asociación ANGSA (Associazione Nazionale Genitori perSone Autistiche [Asociación Nacional de Padres de Personas con Autismo]), con el objetivo de ayudar a las personas con autismo a vivir con tranquilidad cada momento de una experiencia tan extraordinaria como es viajar en avión.

Todos los detalles aquí.

  • Oxigenoterapia a bordo - 1 de mayo de 2025 - Actualización de la lista de concentradores portátiles de oxígeno (COP) permitidos en vuelos de ITA Airways
  • Animales de apoyo emocional y perros de asistencia reconocidos - 1 de agosto de 2024 - Novedades - Nuevas normativas para el transporte de perros a EE. UU. - Norma final de los CDC -
  • Garantizar adaptaciones seguras para los pasajeros con discapacidad que usan sillas de ruedas. Expediente n.º DOT-OST-2022-0144 ̃RIN 2105-AF14 (ver CFR 382.41b) - Actualizado el 16 de enero de 2025
  • Tarjeta informativa de seguridad: 14 de febrero de 2025 “Tarjeta informativa de seguridad para A321Neo”
  • Tarjeta informativa de seguridad: 21 de marzo de 2025 “Tarjeta informativa de seguridad para A350-900”
  • Tarjeta informativa de seguridad: 4 de abril de 2025 “Tarjeta informativa de seguridad para A330 Neo”
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