Asistencia para pasajeros con discapacidad o movilidad reducida

Si usted es un pasajero con movilidad reducida o una discapacidad, puede solicitar asistencia al hacer la reserva o en una etapa posterior poniéndose en contacto con el Equipo de asistencia de ITA Airways desde Italia al menos 48 horas antes de la hora de salida programada. Si se pone en contacto con nosotros desde el extranjero, compruebe el número de teléfono de su país.

Enviar una solicitud de asistencia con antelación a la aerolínea operadora permite que esta evalúe mejor el tipo de pasajero que necesita asistencia (para garantizar la seguridad) y supervise la disponibilidad de asientos designados a bordo para pasajeros con discapacidad o movilidad reducida que, de acuerdo con las normativas de la UE, no pueden exceder un límite que varía según el tipo y la configuración del avión.
Tenga en cuenta que, si el vuelo está operado por una aerolínea externa, puede que algunos servicios de asistencia no estén disponibles o se retrasen (p. ej., sillas de ruedas a bordo).

Póngase en contacto con nuestro equipo especializado en los números y horarios anteriores para obtener más información sobre su vuelo.

Información práctica

Con el fin de proporcionar el nivel adecuado de servicio de acuerdo con sus necesidades, cualquier solicitud de asistencia para pasajeros con discapacidades o movilidad reducida debe comunicársele a la aerolínea durante la fase de reserva del vuelo o con al menos 48 horas de antelación a la salida.

Tenga en cuenta que es importante especificar el tipo de asistencia necesaria en el momento de la reserva:

Uso de silla de ruedas hasta la puerta de embarque
Pasajeros que pueden caminar de forma independiente dentro del avión, así como subir o bajar escaleras, pero que necesitan una silla de ruedas u otro medio de transporte para moverse por el aeropuerto.

Uso de silla de ruedas hasta el asiento del avión
Pasajeros que pueden caminar de forma independiente dentro del avión pero que no pueden subir ni bajar escaleras y que necesitan una silla de ruedas u otro medio de transporte para moverse por el aeropuerto.

Uso de silla de ruedas para pasajeros no ambulatorios
Pasajeros que no pueden caminar, que pueden viajar con su propia silla de ruedas y requieren asistencia desde el momento de la llegada al aeropuerto, durante todas las fases de embarque y desembarque del vuelo, así como a bordo del avión hasta el final del vuelo y al llegar a su destino.

Discapacidad auditiva
Pasajeros con limitaciones parciales o totales en la audición y la comunicación verbal.

Discapacidad visual
Pasajeros con discapacidad visual parcial o total.

Tarjeta informativa de seguridad

La nueva tarjeta informativa de seguridad, diseñada específicamente para pasajeros invidentes o con discapacidad visual, ya está disponible en todos nuestros aviones Airbus 321Neo, Airbus A350-900, Airbus330 Neo, Airbus320 Neo, A220-100 y A220-300.
Esta importante herramienta ha sido desarrollada por ITA Airways y la ENAC, en colaboración con la Federazione Nazionale delle Istituzioni Pro Ciechi, y cuenta con el apoyo del Ministerio de Discapacidad de Italia.
Para julio de 2025, toda la flota estará equipada con nuestra nueva e innovadora tarjeta informativa de seguridad.

La tarjeta informativa de seguridad es un folleto en braille y con letras grandes, realzado con gráficos táctiles en relieve y elementos visuales de alto contraste, por lo que es especialmente accesible para el creciente número de pasajeros con discapacidades visuales. Proporciona a los pasajeros con discapacidad visual un acceso directo a recomendaciones de seguridad esenciales para viajes en avión durante el despegue, el aterrizaje y el vuelo. Además, se presentan los procedimientos de evacuación de emergencia de forma clara y accesible. Es importante tener en cuenta que, aunque esta información ahora está directamente disponible para los viajeros con discapacidad visual, nuestra tripulación de cabina continuará proporcionándoles indicaciones de seguridad especiales antes del despegue.

A través de esta valiosa ayuda, disponible en italiano e inglés, ahora los pasajeros con discapacidad visual pueden obtener información detallada sobre la normativa de seguridad y conocer mejor el espacio que les rodea dentro del avión.

ITA Airways se enorgullece de ser la primera aerolínea en introducir esta nueva política inclusiva para viajeros con discapacidad visual. Esta nueva herramienta, concebida para aumentar la tranquilidad y la seguridad de nuestros pasajeros, constituye un paso más hacia un transporte aéreo más accesible e inclusivo.

Discapacidades intelectuales y relacionales
Pasajeros con discapacidad cognitiva, intelectual y conductual.
Los pasajeros con discapacidades intelectuales o del desarrollo pueden viajar de forma independiente o con una persona acompañante, dependiendo del nivel de asistencia requerido y su grado de autonomía. Se requiere un certificado (ver PLANTILLA) emitido por un neurólogo, psiquiatra o neuropsiquiatra, que confirme la aptitud del pasajero para viajar en avión y si necesita un acompañante.

Pasajeros con obesidad
Si cree que un asiento de clase Economy no será lo suficientemente cómodo, puede plantearse comprar un asiento en una clase de viaje superior (dependiendo de la disponibilidad) o un asiento contiguo libre adicional. Tenga en cuenta que, en determinados aviones, es posible que el reposabrazos entre los asientos no sea totalmente retráctil.
Las dimensiones del asiento varían según el tipo de avión y la clase de viaje. Para obtener más información, consulte la opción que mejor se adapte a sus necesidades al reservar. ITA Airways se reserva el derecho de cambiar el avión asignado a la ruta por razones operativas.

Descubra el ancho de nuestros asientos, medido entre los apoyabrazos. Ancho de los asientos de la flota de ITA Airways

Solicite asistencia en el momento de la reserva o más adelante poniéndose en contacto con el equipo especializado, al menos 48 horas antes de la hora de salida programada.

Puede solicitar asistencia para:

  • llevar su propia silla de ruedas (manual o eléctrica)
  • transportar dispositivos médicos especiales
  • transportar un perro guía/de asistencia en la cabina

Una vez a bordo, los pasajeros con movilidad reducida serán ubicados en asientos específicos cerca del personal, donde las instrucciones de la tripulación se podrán ver y escuchar en cada etapa del vuelo.

Si sale desde Roma-Fiumicino, consulte el mapa informativo para obtener más detalles sobre la asistencia en el aeropuerto.

Es importante informar a ITA Airways de las solicitudes de asistencia dentro del plazo recomendado. Esto nos permitirá preparar el servicio para cada etapa del embarque, desembarque o tránsito en un aeropuerto específico y a bordo de los vuelos según el itinerario.

Los pasajeros que hayan solicitado asistencia durante la reserva deben llegar al mostrador de check-in de ITA Airways del aeropuerto al menos 2 horas antes de la hora de salida programada.

Si no se ha enviado ninguna solicitud de asistencia previamente a ITA Airways, el operador del aeropuerto hará todo lo posible para garantizar que el pasajero pueda embarcar en el vuelo programado.

De acuerdo con el Reglamento (CE) n.° 1107/2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, este servicio de asistencia se ofrece de forma gratuita en todos los aeropuertos.

También se permite el transporte gratuito de los siguientes artículos (ya sea en la cabina o en la bodega):

  • su perro guía o de asistencia (SVAN)
  • dos ayudas para la movilidad (p. ej., muletas, andador)
  • dispositivos médicos para su uso a bordo o en el destino final (p. ej., concentrador de oxígeno), con unas dimensiones máximas equivalentes a una pieza de equipaje de mano
  • medicamentos, apósitos y cualquier jeringa o autoinyector necesarios para la administración de medicinas


Se permite transportar una silla de ruedas manual y plegable en la cabina, según el tipo de avión y las características físicas de la silla de ruedas.

También se puede llevar en la bodega de forma gratuita una pieza de equipaje de hasta 23 kg para el transporte de suministros médicos (p. ej., dispositivos sanitarios u otros artículos de cuidado personal).

Por razones de seguridad, cada avión está equipado con asientos especiales para pasajeros con discapacidad o movilidad reducida. Estos asientos se asignan durante el check-in en el aeropuerto y siempre se encuentran junto al pasillo del avión.

Por motivos de seguridad, no pueden asignarse asientos junto a las salidas de emergencia.

De conformidad con la actual normativa DG16/07/2021 de la ENAC, la asignación de asientos para acompañantes de pasajeros con discapacidades o movilidad reducida no conlleva ningún cargo adicional más allá del coste del billete de avión.

Cuando una persona con discapacidad o movilidad reducida viaja con un acompañante, ITA Airways hace todo lo posible para asignarles los asientos cerca.

Si lo considera necesario, ITA Airways puede solicitarle una autorización médica (MEDIF), ya sea directamente o a través de su delegado, en caso de

  • Pasajeros con enfermedades infecciosas que podrían suponer un riesgo para la seguridad del vuelo (incluidos cambios en la ruta y aterrizajes de emergencia).
  • Pasajeros que necesiten asistencia o equipo médicos (p. ej., pasajeros que presenten dificultades respiratorias evidentes), ya que su estado de salud podría empeorar durante el vuelo o debido a este.
  • Pasajeros que se hayan sometido a una intervención quirúrgica en los 30 días anteriores a la salida.

Del mismo modo, para ciertos tipos de asistencia, la aerolínea puede requerir la presencia de un acompañante durante el viaje.

El Equipo de asistencia proporcionará toda la información necesaria.

El check-in online no está disponible para los pasajeros que necesiten asistencia.
En este caso, los asientos a bordo se asignarán poniéndose en contacto con el centro de atención al cliente o durante el check-in en el aeropuerto.

Al reservar su vuelo, informe a la aerolínea de que necesita viajar con una silla de ruedas (p. ej., manual o eléctrica, fija o plegable) o con otro tipo de ayuda para la movilidad. Puede transportar hasta dos dispositivos de ayuda para la movilidad (p. ej., silla de ruedas y andador) de forma gratuita.

Dependiendo del tipo de asistencia solicitada y de si necesita o no una silla de ruedas, tras su llegada al aeropuerto un responsable del aeropuerto puede recogerle en uno de los puntos de encuentro designados en la terminal y acompañarle para que realice el check-in, o desde el check-in directamente hasta las escaleras del avión, además de ayudarle a subir las escaleras y llevarle a su asiento dentro del avión. Para obtener más información, le recomendamos que consulte la página web de su aeropuerto de salida europeo.

Silla de ruedas manual
Su silla de ruedas manual se recogerá en el mostrador de check-in o en la puerta del avión en el momento del embarque para cargarla en la bodega del avión.

Sillas de ruedas y dispositivos de ayuda para la movilidad alimentados por baterías no selladas (derramables)
Permitidas por ITA Airways. El equipo correspondiente proporcionará más información en el momento de la reserva.

Sillas de ruedas y dispositivos de ayuda para la movilidad alimentados por baterías selladas (no derramables)
Baterías húmedas, baterías de hidruro de níquel-metal o baterías secas (es decir, baterías líquidas de ácido-plomo, baterías de hidruro de níquel-metal o baterías secas)

En caso de que la silla de ruedas o el dispositivo de ayuda para la movilidad estén alimentados por una batería sellada y se puedan colocar en la bodega en posición vertical, la batería puede permanecer conectada a la silla de ruedas o al dispositivo eléctrico, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • La batería debe estar conectada de forma segura a la silla de ruedas o al dispositivo de ayuda para la movilidad.
  • Los contactos eléctricos de la batería deben estar protegidos frente a cortocircuitos.
  • Se han aislado los circuitos eléctricos.
  • Se permite una (1) batería de repuesto para las baterías húmedas y dos (2) para las baterías de hidruro de níquel-metal.

Cuando reserve el servicio, proporciónele a nuestro centro de llamadas la ficha técnica de la silla de ruedas, que también incluye las especificaciones de la batería.

Sillas de ruedas y dispositivos de ayuda para la movilidad alimentados con baterías de iones de litio
Estas baterías se consideran peligrosas, por lo que están sujetas a las siguientes condiciones:

Las baterías utilizadas deben ser de un tipo probado (Manual de Pruebas y Criterios de las Naciones Unidas, Parte III, Subsección 38.3).
En caso de que el usuario retire la batería, si el dispositivo de ayuda para la movilidad está diseñado específicamente para permitir su retirada, la batería no debe superar los 300 Wh. Para cualquier dispositivo que requiera dos baterías, ninguna debe superar los 160 Wh.
Las baterías retiradas deben transportarse exclusivamente en la cabina de pasajeros dentro de un estuche protector.
Si no se retira la batería, no hay límite de Wh.
Para garantizar el transporte de su silla de ruedas o su dispositivo de ayuda para la movilidad, asegúrese de que las dimensiones del dispositivo sean compatibles con las aberturas de la bodega de carga del avión. Compruebe la compatibilidad en la sección específica.

Si su dispositivo de ayuda para la movilidad no cumple con los requisitos de seguridad, es posible que no sea aceptado a bordo. Por lo tanto, al reservar el servicio, proporciónele al equipo especializado la ficha técnica del dispositivo, incluidas las especificaciones de la batería, al menos 48 horas antes de la salida.

Descargue el formulario de dispositivos de ayuda para la movilidad alimentados por batería, complételo y colóquelo en su dispositivo.

Su dispositivo de ayuda para la movilidad debe ser compatible con las dimensiones de la puerta de carga del avión.

Dimensiones máximas de la silla de ruedas (cm):

Avión Longitud Anchura Altura A350 / A339 / A332 151 148 157 A321 / A320 / A319 151 148 109 A319 / A320 / A321
(si se utiliza en modo de carga a granel)
96 116 80
A221 / A223 96 116 80

Desde el 1 de agosto de 2024, todos los perros que entren en EE. UU., incluidos los perros guía y de asistencia reconocidos, están sujetos a requisitos adicionales. Para completar el formulario obligatorio de importación de perrosThe link will be opened in a new browser tab y conocer todos los requisitos, ​visite la sección específica de los CDCThe link will be opened in a new browser tab.

ITA Airways permite que los pasajeros viajen con perros guía y de asistencia adiestrados y reconocidos de forma gratuita. En el caso de vuelos de conexión, consulte las normativas de la aerolínea que opera cada vuelo. Si viaja con varias aerolíneas, le recomendamos que solicite una confirmación de cada una de ellas para asegurarse de que su perro será aceptado a bordo.

Definición general del servicio
Los perros guía y de asistencia reconocidos, independientemente de la raza o el tipo, están adiestrados para ayudar a personas con discapacidades motoras, visuales, auditivas, intelectuales, relacionales u otras discapacidades psiquiátricas.

Deberá presentar un certificado de adiestramiento del centro/institución de adiestramiento canino correspondiente, en papel con membrete o debidamente sellado, que certifique que su perro es un perro de asistencia. El perro debe llevar el arnés correspondiente. Los perros de asistencia no están sujetos a límites/restricciones. El servicio debe solicitarse al menos 48 horas antes de la salida del vuelo poniéndose en contacto con nuestro equipo especializado, que le informará de los documentos necesarios para que su perro viaje a bordo. El día de la salida se verificará la documentación. Por lo tanto, le recomendamos llegar al aeropuerto con suficiente antelación (al menos 2,5 horas antes para vuelos europeos y al menos 3,5 horas antes para vuelos no europeos). Solo se garantizará el embarque si la documentación cumple con los requisitos establecidos por el equipo especializado y publicados en el sitio web.

Tenga en cuenta lo siguiente: Los perros que ofrecen apoyo emocional no se consideran perros de asistencia adiestrados, por lo que no pueden embarcar en nuestros vuelos de forma gratuita. Puede transportarlos abonando una tasa y, según la normativa y su peso, como equipaje de mano o en la bodega.

Algunos países tienen regulaciones específicas que rigen la entrada de animales, por lo que se recomienda a los pasajeros que verifiquen con antelación los requisitos legales y sanitarios aplicables del país de destino.

Requisitos generales de viaje:
Para garantizar la seguridad del vuelo y la comodidad de la cabina, el perro debe estar acostumbrado a obedecer y comportarse adecuadamente en público (p. ej., no debe ladrar, gruñir ni atacar a personas u otros animales).

No es necesario que los perros pequeños viajen en el transportín durante todo el vuelo. Si viajan sin un transportín, deben llevar correa y bozal (este último, si el capitán de vuelo lo solicita).

El perro guía debe permanecer delante del asiento del propietario.

A bordo, el perro:

  • debe permanecer bajo el control directo del pasajero en todo momento;
  • no debe sentarse en un asiento para pasajeros ni junto a una salida de emergencia.

Además, se deben cumplir las siguientes normas mientras el animal esté a bordo.

Es obligatorio llevar un bozal a bordo.
El pasajero debe tener disponible un bozal, que el animal deberá utilizar solo si el capitán del vuelo lo solicita (si el perro muestra un comportamiento agresivo durante el vuelo). El perro tiene derecho a viajar de forma gratuita, incluso aunque viaje en la bodega. El pasajero será responsable de cualquier daño o coste adicional resultante del transporte del perro.

La asistencia solo está permitida con la autorización de ITA Airways. Esta asistencia es para todos los pasajeros inmovilizados de cintura para abajo o con ambas extremidades inferiores escayoladas y extendidas, lo que les impide viajar sentados y con el cinturón puesto.

El transporte con camilla a bordo está disponible abonando una tasa en casi todos los aviones de la flota de ITA Airways. El servicio no está disponible para recién nacidos ni pasajeros que midan menos de 1 metro de altura.

Los pasajeros que viajen en camilla deben tener una autorización médica (o MEDIF) para viajar en avión e ir acompañados. Si se requiere asistencia médica, el acompañante debe ser médico o enfermero. Todos los costes relacionados con la asistencia médica y el transporte terrestre (p. ej., ambulancia) son responsabilidad del pasajero.

Recomendamos solicitar el servicio con suficiente antelación, al menos 96 horas antes de la fecha de salida del vuelo (excepto festivos), poniéndose en contacto con el Equipo de asistencia de ITA Airways desde Italia o escribiendo a la dirección de correo electrónico específicaThe link will be opened in a new browser tab ([email protected]). Si llama desde el extranjero, compruebe el número de teléfono específico de su país.

El servicio no entra dentro del Reglamento CE 1107/06.

Oxigenoterapia a bordo
Si necesita oxigenoterapia, ITA Airways puede proporcionarle este servicio por un cargo adicional.

  • Como el equipo de oxigenoterapia no forma parte de la estructura fija del avión, solicite el servicio al menos 96 horas antes de la hora de salida programada del vuelo (excepto festivos) poniéndose en contacto con el Equipo de asistencia de ITA Airways desde Italia o escribiendo a la dirección de correo electrónico específicaThe link will be opened in a new browser tab ([email protected]). Si llama desde el extranjero, compruebe el número de teléfono específico de su país.
  • La disponibilidad del servicio dependerá de la cantidad de oxígeno que requiera el pasajero y de la duración del vuelo.
  • Los pasajeros que viajen con un dispositivo de oxigenoterapia deben contar con una autorización médica (o MEDIF) para viajar en avión e ir acompañados.
  • Si se requiere asistencia médica, el acompañante debe ser médico o enfermero. Todos los costes relacionados con la asistencia médica y el transporte terrestre (p. ej., ambulancia) son responsabilidad del pasajero.

ITA Airways también permite a los pasajeros llevar su propia botella de oxígeno o equipo de oxigenoterapia para uso médico de forma gratuita, en las siguientes condiciones:

  • Tras obtener la aprobación de un profesional médico, debe solicitar una autorización a través de [email protected] o contactando con el Equipo de asistencia al menos 48 horas antes de la salida del vuelo.
  • Cada botella de oxígeno no debe superar un peso bruto de 5 kg.

Tenga en cuenta lo siguiente: El oxígeno líquido está prohibido.

Concentradores de oxígeno portátiles (COP)
Si necesita viajar con su propio concentrador de oxígeno portátil (COP), puede llevarlo de forma gratuita, siempre que se encuentre entre los permitidos a bordo de nuestros vuelos. Consulte la lista de dispositivos aprobados aquí.

No necesita completar el formulario de autorización médica (MEDIF); un certificado médico es suficiente, siempre que indique:

  1. que el usuario del COP tiene la capacidad física y cognitiva de operar el dispositivo de forma independiente, o si necesita viajar con una persona capaz de realizar estas funciones en su nombre;
  2. si se requiere el uso del COP durante todo el vuelo o solo durante una parte del mismo;
  3. el flujo máximo de oxígeno necesario.

Condiciones de transporte:

  1. A bordo solo se pueden utilizar concentradores de oxígeno alimentados con batería.
  2. Asegúrese de llevar suficientes baterías de repuesto (solo en su equipaje de mano) para mantener su COP en funcionamiento durante todo el vuelo, ya que no podemos garantizar que se puedan recargar a bordo del vuelo.
  3. Las baterías de repuesto deben protegerse contra daños y cortocircuitos, y almacenarse dentro de su embalaje original, asegurándose de que los terminales expuestos estén aislados con cinta o almacenando cada batería en una bolsa de plástico o una funda protectora independiente.
  4. El pasajero debe ser capaz de utilizar el equipo sin ninguna ayuda.
  5. Si no es necesario utilizar el concentrador de oxígeno durante el vuelo, se puede llevar como equipaje de mano o facturado, siempre que se hayan retirado las baterías.
  6. Los concentradores de oxígeno que funcionan con gas comprimido (botellas) no se pueden utilizar a bordo.
  7. Los COP no deben tener aceite, grasa ni ningún otro lubricante a base de petróleo y deben estar en buenas condiciones, sin signos excesivos de daños, desgaste o uso incorrecto.

Importante: también se aceptarán los concentradores de oxígeno no incluidos en la lista de dispositivos aprobados mencionada anteriormente, siempre que lleven una etiqueta que muestre la siguiente afirmación en rojo:

Ejemplo del etiquetado de COP requerido:

“El fabricante de este concentrador de oxígeno portátil
ha determinado que
este dispositivo cumple con todos los
criterios de aceptación de la FAA aplicables para
el transporte y el uso de un concentrador de oxígeno portátil a bordo de un avión”.


Consulte las condiciones de transporte de la batería.

La posibilidad de llevar a bordo y utilizar dispositivos de apoyo médico propiedad de los pasajeros (p. ej., asientos posturales) durante el vuelo está sujeta a la aprobación previa de ITA Airways, tras la verificación de sus características físicas y técnicas, así como de su compatibilidad con los asientos a bordo.

Para obtener más información, los pasajeros en Italia pueden ponerse en contacto con el Equipo de asistencia de ITA Airways o escribir a la dirección de correo electrónico específicaThe link will be opened in a new browser tab ([email protected]). Si llama desde el extranjero, compruebe el número de teléfono específico de su país.

La solicitud debe realizarse al menos 72 horas antes de la salida del vuelo.

Para garantizar un viaje cómodo y seguro, ITA Airways presta especial atención a las necesidades de los pasajeros con discapacidades que puedan necesitar ayudas de apoyo postural (PSE) durante el vuelo.

En la página correspondiente hay una lista de las ayudas compatibles con los asientos de nuestros aviones.

Para todas las ayudas aprobadas, sigue siendo necesario que nos comunique con antelación que tiene que usarlas a bordo.

También le recomendamos que traiga con usted las instrucciones del fabricante de la ayuda. Esto facilitará la instalación a bordo, que debe realizarse de acuerdo con las instrucciones proporcionadas (p. ej., peso, edad del pasajero y método de instalación).

Si la ayuda que necesita no está incluida en la lista, puede ponerse en contacto con el Equipo de ITA Airways o escribir a la dirección de correo electrónico específicaThe link will be opened in a new browser tab.

En este caso, se le pedirá que envíe la ficha técnica de la ayuda al menos 72 horas antes de la salida del vuelo para que llevemos a cabo las comprobaciones necesarias.

De acuerdo con el Anexo II del Reglamento CE 1107/06, nuestra tripulación puede proporcionar los siguientes tipos de asistencia a pasajeros con discapacidad y movilidad reducida:

  • Acompañarlos desde su asiento hasta el baño (sin obligación de levantar al pasajero ni proporcionar asistencia para usar el baño).
  • Abrir envases de alimentos y bebidas por él (sin obligación de ayudar a administrar bebidas, comidas o medicamentos más allá del servicio proporcionado a otros pasajeros).

Por lo tanto, si una persona con una discapacidad o movilidad reducida necesita ayuda para realizar estas actividades específicas (p. ej., uso del baño, administración de comidas o medicación), deberá viajar con un acompañante que se encargue de su cuidado y seguridad.

Todos nuestros aviones están equipados con sillas de ruedas manuales que se pueden utilizar para el traslado del pasajero de su asiento a los baños.

Nuestros aseos a bordo están equipados (solo en algunos casos) con un soporte para las manos que facilita su uso por parte de pasajeros con discapacidad y movilidad reducida.

De acuerdo con el actual reglamento CE 1107/06, una aerolínea, su agente o un operador turístico no pueden rechazar una solicitud de reserva debido a una discapacidad o movilidad reducida.

La negativa a reservar o embarcar solo puede producirse:

  • por motivos de seguridad;
  • si el tamaño del avión o sus puertas hacen que sea físicamente imposible el embarque o el transporte del pasajero con discapacidad o movilidad reducida.

Tenga en cuenta que, si el vuelo está operado por una aerolínea externa, puede que algunos servicios de asistencia no estén disponibles o se retrasen (p. ej., sillas de ruedas a bordo).

Los pasajeros en Italia pueden ponerse en contacto con el Equipo de asistencia de ITA Airways o escribir a la dirección de correo electrónico específicaThe link will be opened in a new browser tab ([email protected]). Si llama desde el extranjero, compruebe el número de teléfono específico de su país.

Si la persona con discapacidad o movilidad reducida cree que ha sido víctima de un fallo del servicio en vulneración del Reglamento (CE) 1107/2006, puede presentar una reclamación ante la aerolínea o el gestor del aeropuerto en cuestión, según corresponda.
Más concretamente, en caso de pérdida o daños a las sillas de ruedas u otros dispositivos de movilidad y asistencia, el pasajero que haya volado con ITA Airways puede enviar una reclamación utilizando nuestro ​formulario de contactoThe link will be opened in a new browser tab.
Para todos los demás casos (específicamente para problemas relacionados con la asistencia proporcionada en el aeropuerto durante la salida, el tránsito y la llegada), la reclamación debe remitirse al operador del aeropuerto correspondiente.
Cada Estado miembro de la UE ha designado organismos independientes responsables de hacer cumplir el Reglamento dentro de su territorio y dispone de la autoridad competente para imponer sanciones en caso de infracciones.
En Italia, esta autoridad se le ha asignado a la Autoridad Nacional de Aviación Civil (ENAC).
Si la respuesta recibida se considera inadecuada de acuerdo con la normativa, los pasajeros con discapacidad o movilidad reducida pueden presentar una reclamación ante la ENAC siguiendo las instrucciones proporcionadas en la aplicación específicaThe link will be opened in a new browser tab.

Puede enviar una reclamación a la ENAC si el fallo del servicio se produjo:

  • en un aeropuerto italiano;
  • en un vuelo con salida desde un aeropuerto italiano (independientemente de la nacionalidad de la aerolínea operadora);
  • en vuelos con llegada a un aeropuerto italiano si estaban operados por una aerolínea de la UE.

Reglamento (CE) n.º 1107/2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, en vigor desde el 26 de julio de 2008.

Para obtener más información, ​descargue el Reglamento (CE) n.º 1107/2006The link will be opened in a new browser tab.

Llegar al aeropuerto, estar en espacios grandes y ruidosos y subir a bordo de un avión pueden parecer cosas simples para la mayoría, pero para las personas con autismo pueden ser extremadamente difíciles.

En tales casos, ser consciente y tener el control de la situación puede marcar la diferencia.

Esta iniciativa forma parte de un proyecto más amplio de la ENAC: “Autismo: viajar por el aeropuerto”. En asociación con ANGSA (Asociación Nacional de Padres de Personas con Autismo de Italia), ITA Airwayses la primera aerolínea en adherirse al programa, con el objetivo de ayudar a las personas con autismo a disfrutar de cada etapa de sus viajes en avión.

Visite la sección dedicada al programa para el autismo para obtener todos los detalles.

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Tarjeta informativa de seguridad: 9 de junio de 2025 “Tarjeta informativa de seguridad: A220-100 (italiano - inglés)”
Tarjeta informativa de seguridad: 14 de julio de 2025 “Tarjeta informativa de seguridad: A220-300 (italiano - inglés)”