Italia Trasporto Aereo S.p.A., ("ITA Airways") ha encargado a ITABUS S.p.A. ("Compañía de buses") un servicio de transporte por carretera en su nombre, reservado exclusivamente para los pasajeros de ITA Airways ("Pasajeros"), que será realizado por los autobuses gran turismo, para facilitar el transporte desde las estaciones de Pescara y Perugia hasta el Aeropuerto de Fiumicino y viceversa (en adelante, los "Servicios").
Estos Términos y Condiciones Generales (TCG) se aplican a las relaciones entre ITA Airways y los Pasajeros en cuanto a la prestación de los Servicios comercializados por ITA Airways.
Estas condiciones rigen el transporte en autobús y complementan las Condiciones Generales de Transporte de ITA Airways que rigen el transporte aéreo.
Se consideran como conocidas y aceptadas por el Pasajero al marcar la casilla correspondiente en el momento de la compra del billete.
Artículo 1. Título de transporte
El servicio de transporte en autobús solo está permitido a los Pasajeros con una tarjeta de embarque de ITA Airways (que solo se puede generar al realizar el check-in en la web o el check-in a través del móvil antes de la salida). En ningún caso será posible comprar solo transporte en autobús. Tampoco será posible realizar el check-in en el mostrador con la asistencia del personal al salir desde Perugia o Pescara.
La tarjeta de embarque debe ser conservada por el Pasajero durante toda la duración del viaje y mostrada a petición del personal del autobús.
Los Pasajeros deben tener todos los documentos para la entrada en el país de destino y los visados necesarios para realizar el viaje, los certificados de salud y de vacunación solicitados por el país de destino, así como la documentación que acredite que reúnen las condiciones necesarias para beneficiarse de tarifas especiales.
Estos documentos deben ser válidos en el momento de realizar el/los vuelo/s, por la duración total del viaje. ITA Airways no será responsable en el caso de la no admisión de equipaje que no cumpla con los requisitos establecidos y no estará obligada a reembolsar el billete, a excepción de lo dispuesto en las reglas de tarifas aplicables y las Condiciones de Transporte de ITA Airways.
ITA Airways no será responsable en el caso de denegación de embarque si resulta que, al llegar al aeropuerto y pasar los controles correspondientes, el Pasajero no está en posesión de la documentación necesaria para realizar el viaje, y la aerolínea no estará obligada a reembolsar el billete, a excepción de lo dispuesto en las reglas de tarifas aplicables y por las Condiciones de Transporte de ITA Airways.
Artículo 2. Transporte de equipaje.
El Pasajero debe llevar su(s) equipaje(s) dentro de los límites, bajo las condiciones y según las franquicias previstas por ITA Airways en las Condiciones Generales de Transporte y en las reglas de tarifas disponibles en el sitio web https://www.ita-airways.com
En el caso del transporte por carretera, el equipaje se distingue del siguiente modo:
Equipaje de mano: es el equipaje de tamaño y/o valor reducido, por ejemplo, teléfono móvil, ordenadores portátiles, etc.
Equipaje facturado: es el equipaje entregado al encargado del autobús para depositarse en el compartimento del maletero.
El equipaje facturado debe estar marcado con el nombre del Pasajero de manera clara y legible.
Los pasajeros son responsables del equipaje de mano transportado en el autobús, a menos que cualquier daño o pérdida de equipaje se deba a una conducta intencional o negligente no atribuible a ellos; también es responsabilidad de los pasajeros asegurarse, al abordar el autobús, de llevar consigo su equipaje de mano, ya que serán considerados exclusivamente responsables en el caso de su olvido.
A excepción de los casos de mala conducta intencional o negligencia grave, ITA Airways y la Compañía de buses están exentos de cualquier responsabilidad en los siguientes casos: (i) cambio o robo del Equipaje; (ii) daños o amplificación de daños resultantes de un embalaje inadecuado del Equipaje por parte del Pasajero y (iii) daños al Equipaje o al Pasajero como consecuencia de la negligencia de este último.
De acuerdo con las disposiciones vigentes de la ley (Art. 2 l.22/08/85 núm. 450) en materia de transporte por carretera, la responsabilidad por el equipaje facturado se limita al importe máximo de 6,20 € por kilogramo.
Si no se muestra disconformidad en el momento de la recogida del equipaje facturado, se asume que este se entregó en buen estado, a menos que se demuestre lo contrario.
Cualquier pérdida o daño debe determinarse, bajo pena de caducidad, en el momento de la devolución si se trata de daños visibles, o dentro de los tres días si se trata de daños no aparentes (art. 1697 cc), poniéndose en contacto con el Centro de Atención al Cliente de ITA Airways.
En caso de incumplimiento de los límites y franquicias para el transporte de equipaje que están disponible en el sitio web https://www.ita-airways.com, ITA Airways puede solicitar el pago de la tarifa por exceso de equipaje y/o no facturar el equipaje.
ITA Airways no será responsable en el caso de la no admisión de equipaje que no cumpla con los requisitos establecidos y no estará obligada a reembolsar el billete, a excepción de lo dispuesto en las reglas de tarifas aplicables y las Condiciones de Transporte de ITA Airways.
Cuando los Pasajeros lleguen al aeropuerto, antes de embarcar en el vuelo, deben dirigirse a los controles especificados en la normativa de transporte aéreo y en las Condiciones de Transporte de ITA Airways. Asimismo, deben facturar el equipaje para que se deposite en la bodega del avión.
Artículo 3. Horarios
Los horarios de salida y llegada de cada autobús se modificarán según los vuelos de salida y llegada de ITA Airways y, por lo tanto, el Pasajero se compromete a presentarse para el embarque al autobús al menos 30 minutos antes de la hora de salida del autobús. Si el Pasajero no llega en el periodo de tiempo indicado, el transporte no está garantizado.
Artículo 4. Asistencia, retrasos y cancelaciones
En caso de retrasos, cancelaciones y fallos en la prestación de los servicios, se proporcionará la debida asistencia a los Pasajeros de acuerdo con las disposiciones del
Reglamento (UE) núm. 181/2011 (para el transporte en autobús) y el Reglamento (CE) núm. 261/2004 (para el transporte aéreo).
Artículo 5. Transporte de animales
El Pasajero podrá traer consigo, previa reserva, animales en su propio transportín (perros pequeños, gatos), a excepción de los perros guía para acompañar a los Pasajeros ciegos para los que la L. 14.02.74, núm. 37 establece que la persona ciega tiene derecho a estar acompañada por su perro guía sin cargos adicionales.
Artículo 6. Restricciones de transporte
No se permite el transporte para:
• menores no acompañados.
Artículo 7. Condiciones para la prestación de asistencia a los Pasajeros con discapacidad o con movilidad reducida
El transporte de pasajeros con discapacidad o movilidad reducida se garantiza de conformidad con el Reglamento (UE) núm. 181/2011 (artículos 9 y siguientes) sin cargo alguno, siempre que:
1. la necesidad de asistencia especial para dicha persona se comunique a ITA Airways con al menos 48 horas de antelación;
2. La persona interesada se presente en el punto indicado al menos 30 minutos antes de la hora de salida indicada
Se garantiza el transporte de pasajeros con discapacidad o con movilidad reducida, salvo en los siguientes casos:
1. para cumplir con los requisitos de seguridad establecidos en la legislación nacional e internacional y de la UE o con las obligaciones en materia de seguridad y salud establecidas por las autoridades competentes;
2. cuando la configuración del vehículo o la infraestructura hacen que resulte físicamente imposible que los pasajeros con discapacidad o con movilidad reducida embarquen o desembarquen del autobús o no se les pueda transportar de forma segura.
En el caso de que se encuentren tales impedimentos para el transporte, ITA Airways notificará sin demora a la persona con discapacidad o movilidad reducida y, previa solicitud, le informará por escrito dentro de los cinco días hábiles posteriores a la solicitud.
El Pasajero será informado de cualquier servicio alternativo aceptable gestionado por ITA Airways.
Artículo 8. Normas de comportamiento y conducta a bordo del autobús
El Pasajero está obligado a adoptar un comportamiento correcto, respetuoso de la ley, las normas básicas de prudencia y diligencia y a seguir las instrucciones del personal en tierra o el del autobús.
Al pasajero estando a bordo del autobús, entre otras cosas, no está permitido:
a) umar
b) viajar en un estado de trastorno mental o físico o bajo la influencia del alcohol o las drogas
c) colocar equipaje en el pasillo del autobús
d) ermanecer de pie durante el viaje
Los pasajeros son responsables de los daños causados a la propiedad y/o personas debido a una conducta negligente y al incumplimiento de los requisitos antes mencionados.
Los Pasajeros pueden utilizar teléfonos móviles y otros equipos electrónicos siempre que su uso no moleste a los demás Pasajeros.
En caso de incumplimiento por parte del Pasajero de las obligaciones y prohibiciones que le imponen las presentes Condiciones Generales, la prestación de los Servicios podrá ser denegada o suspendida, también mediante la intervención de la policía, si fuera necesario, sin ningún derecho del Pasajero al reembolso del importe total pagado por todo el viaje, a menos que se indique lo contrario en las condiciones de la tarifa adquirida. El Pasajero será responsable de todos y cada uno de los daños sufridos por ITA Airways, la Compañía de buses y/o terceros como resultado del incumplimiento de las normas arriba mencionadas.
Artículo 9. Responsabilidad por daños en caso de accidente y Seguro
Todos los vehículos utilizados para la administración de los Servicios están cubiertos por el seguro RCA. de conformidad con las disposiciones vigentes de la ley.
En particular, el seguro RCA de vehículos garantiza la cobertura de la responsabilidad civil frente a terceros, incluidas las personas que utilizan el transporte y los objetos, con un límite único máximo igual al mínimo requerido por la ley.
En caso de accidente, a los daños provocados a personas y equipaje se aplican las disposiciones del Reglamento (UE) núm. 181/2011.
Artículo 10. Daños al autobús durante el viaje
Si el autobús queda inutilizable durante el trayecto, la empresa de autobuses garantizará la continuidad del Servicio mediante el uso de otro vehículo a partir de la ubicación en la que el primer vehículo haya quedado inutilizable para tratar de asegurar que los Pasajeros puedan seguir con su viaje.
Artículo 11. Política de Privacidad
La Compañía de buses, en calidad de Responsable externo del tratamiento de datos personales de los clientes de ITA Airways, utiliza los datos personales del pasajero con el fin de realizar el servicio de transporte por carretera y cualquier servicio auxiliar.
La Compañía de buses procesa datos personales de acuerdo con las disposiciones de la legislación a la que se refiere el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la protección de las personas físicas en lo que respecta al procesamiento de datos personales, así como sobre la libre circulación de dichos datos, el Reglamento y el Decreto Legislativo de 30 de junio de 2003 núm. 196 y sus posteriores modificaciones e integraciones.
ITA Airways garantiza que el tratamiento de los datos personales, recopilados de cualquier forma, se realiza respetando los derechos y libertades fundamentales, así como la dignidad de la parte interesada, con especial referencia a la confidencialidad, la identidad personal y el derecho a la protección de los datos personales.
Estos datos se recopilan, procesan y utilizan fundamentalmente en sistemas automatizados y solo para los fines indicados anteriormente, de conformidad con el art. 6.1 letra 6 par.1 letra b) del RGPD si el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato del que el interesado es parte o para la ejecución de medidas precontractuales adoptadas a petición del mismo.
Con el fin de prestar el servicio de transporte aéreo y cualquier servicio adicional, los "datos confidenciales" también pueden tratarse de conformidad con el susodicho Código de privacidad.
El Responsable del tratamiento es Italia Trasporto Aereo S.p.A., en la persona de su representante legal, con domicilio social en via XX Settembre, núm. 97, en Roma (RM), 00187, C.F. y P.I. 15907661001 (en adelante también “Titular del tratamiento”). Los clientes de ITA Airways pueden ponerse en contacto con el Titular del tratamiento de datos personales para hacer valer los derechos previstos en los artículos 15-22 del citado Reglamento, en la siguiente dirección de correo electrónico dpo@ita-airways.com o en su domicilio social en via XX Settembre, núm. 97, en Roma (RM), 00187.