DOCUMENTO DE IDENTIDAD
Gracias al Acuerdo de Schengen, , en las fronteras internas de casi todos los estados de la Unión Europea ya no se realizan los controles de identidad sistemáticos y los ciudadanos de la UE pueden moverse de manera simplificada con su propio documento de identidad válido para los viajes internacionales así como estando en posesión de otra documentación reconocida por el país de destino.
Descubra los países del ACUERDO SCHENGEN
PASAPORTE
Para los países de la UE que no han firmado los acuerdos, así como para los países no pertenecientes a la UE es necesario el pasaporte, a menos que existan acuerdos bilaterales.
VISADO
Es responsabilidad de los pasajeros verificar a través de la Embajada o el Consulado del país de destino o tránsito si se requiere un visado de entrada.
ITALIA
Son válidos para viajar por el territorio nacional, además del documento de identidad, pasaporte y carnet de conducir (papel o plástico), también los documentos enumerados en el Decreto Presidencial 445/2000.
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